¿Dónde estás ahora?
No se siguen los mismos pasos desde el extranjero que estando ya en España.

La vía adecuada depende de tu nacionalidad, de si estás dentro o fuera de España y de si quieres estudiar, trabajar, vivir con tu familia o residir con medios propios. Aquí puedes comparar los caminos principales antes de iniciar un trámite.
Cuéntanos tu situaciónNo necesitas conocer el nombre de la autorización. Empieza por ordenar tu situación con estas preguntas.
No se siguen los mismos pasos desde el extranjero que estando ya en España.
Estudiar, trabajar, emprender, vivir con tu familia o mantenerte con tus propios medios.
La nacionalidad y la relación con tu familiar pueden abrir una vía diferente.
Hay que revisar tu entrada, tu permiso actual o anterior, las fechas y los documentos disponibles.
Tu régimen de residencia es distinto del que se aplica normalmente a nacionales de otros países. Los familiares que no tienen una de esas nacionalidades pueden necesitar una tarjeta específica.
No es lo mismo reunirse con una persona española, con un ciudadano de la Unión Europea o con una persona extranjera que ya reside legalmente en España.
Consulta el comparador de opciones de residencia por familia en España antes de abrir cada trámite.
Para determinados familiares de una persona con nacionalidad española.
Ver residencia para familiares de españolesPara determinados familiares no europeos de ciudadanos de la UE, del EEE o de Suiza.
Ver tarjeta de familiar de la UniónPara determinados familiares de una persona extranjera que ya reside legalmente en España.
Ver reagrupación familiarSi ya vives aquí, no conviene elegir un trámite únicamente por su nombre. El tiempo de permanencia, la autorización que tienes o tuviste, tus vínculos, el trabajo y los estudios pueden cambiar las opciones disponibles.
Explicar mi situaciónExisten distintas modalidades y cada una exige revisar circunstancias diferentes.
Comparar los tipos de arraigoSi tienes o tuviste una autorización, puede corresponder una renovación, modificación o recuperación.
Ver renovaciones y modificacionesEl servicio se adapta al punto en el que estás. Antes de empezar te explicamos qué incluye y qué necesitas.
No. Cada vía tiene una finalidad y unas condiciones concretas. La opción adecuada depende de tu nacionalidad, de si estás dentro o fuera de España, de tu situación actual y de lo que quieres hacer aquí.
No siempre. El visado permite entrar en España para una finalidad determinada, mientras que la autorización reconoce el derecho a residir o permanecer en las condiciones concedidas. Según la vía, pueden formar parte del mismo proceso.
Depende del trámite y de tu situación. Algunas vías se inician desde el país de origen y otras pueden solicitarse desde España. Antes de presentar nada hay que revisar cómo entraste, cuánto tiempo llevas aquí y si tienes o tuviste alguna autorización.
No de forma automática. El trámite cambia según la nacionalidad de tu familiar, la relación entre vosotros y otras circunstancias, como la convivencia o la dependencia cuando sean necesarias.
Normalmente no. La nacionalidad por residencia es un paso posterior para personas que ya han residido legalmente en España durante el tiempo exigido y cumplen los demás requisitos.
Indica dónde estás, qué quieres hacer y cuál es tu situación actual. Revisaremos la solicitud y te explicaremos el siguiente paso.
Contenido revisado el 16 de septiembre de 2026. Fuentes oficiales: hojas informativas de Migraciones y Reglamento de Extranjería.
Esta información es general. Los requisitos cambian y el encaje depende del caso. No envíes documentos sensibles por el formulario.